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ONU alerta sobre reclutamiento de niños soldados en conflictos armados y guerrillas

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13 junio, 2013

Las Naciones Unidas denunciaron ayer el impacto “devastador” que tienen sobre la infancia los diferentes conflictos armados que tienen lugar actualmente en muchos países, y denunció al mismo tiempo el reclutamiento de niños por parte de los grupos armados que actúan en Colombia, lo cual es, a tenor de la regulación existente, un crimen de guerra. Ello se desprende del último informe anual del secretario general del organismo internacional, Ban Ki Moon, sobre la “Situación de los niños en conflictos armados”.

El documento, está fechado el 13 de mayo pero fue difundido públicamente ayer mismo durante un evento especial en Nueva York. La encargada de hacer la exposición general del documento fue la representante especial del secretario general, Leila Zerrougui. “La justicia internacional debe tener lugar preponderante cuando los tribunales nacionales carecen de la capacidad o de la voluntad para llevar a los perpetradores de estos crímenes ante la justicia”, advirtió Zerrougi.

El estudio, correspondiente al año 2012, contiene un capítulo especial sobre Colombia y allí se sostiene que se logró documentar “el reclutamiento y el uso generalizado y sistemático de niños por grupos armados no estatales”, vale decir, por la guerrilla colombiana. Es de recordarse que justo en estos momentos, las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc) participan en un diálogo de paz con el Ejecutivo de dicho país en un complicado y tortuoso proceso que apenas va por su segunda fase, iniciada antier.

El informe sostiene que al menos se conocieron el año pasado unos 300 casos de reclutamiento de niños soldados. “En febrero de 2012, durante una redada en el Meta, el Ejército Nacional de Colombia encontró a una niña de 10 años y un niño de 12 años de edad, ambos vestidos con uniformes de las Farc”, es uno de los muchos casos relatados en el documento. “En marzo y abril de 2012 se denunciaron amenazas de reclutamiento de niños por las Farc (…) En Guaviare, esas amenazas forzaron a siete muchachos de edades comprendidas entre los 14 y los 18 años a desplazarse”, agrega el estudio.

El caso de las niñas mereció atención especial por parte de las Naciones Unidas en su informe. “Si bien no se denuncian todos los casos, las niñas siguen siendo víctimas de actos de violencia sexual atribuidos a integrantes de grupos armados no estatales. Las niñas asociadas con dichos grupos son a menudo obligadas a mantener relaciones sexuales con adultos y presuntamente obligadas a abortar si quedan embarazadas”, denunció el organismo internacional. “En marzo de 2012 en Nariño, una niña de 16 años fue violada varias veces por miembros encapuchados de un grupo armado no estatal”, destaca el documento.

El ente multilateral expresó además preocupación por las continuas amenazas y ataques que reciben los educadores que se oponen u obstaculizan de alguna forma el reclutamiento de niños soldados en Colombia. “En septiembre de 2012 en Arauca, por ejemplo, tres maestros y un director de escuela se vieron obligados a desplazarse tras recibir amenazas de un grupo armado no identificado”, se puede leer en el capítulo especial del documento dedicado al vecino país.

Incumplimiento de la norma

El recurso a la violencia para dirimir los conflictos internacionales está prohibido en virtud de las disposiciones fundamentales del ordenamiento jurídico internacional. A pesar de ello, la guerra es un denominador común de muchos rincones del orbe, cuyos efectos se hacen sentir con mayor agudeza en los sectores más vulnerables de la población civil, vale decir, aquellos más propensos a ver sus derechos violados.

A pesar de que los civiles cuentan con una protección especial según las directrices contenidas en el Derecho Internacional Humanitario y que en especial los niños, deben recibir incluso garantías adicionales en razón de su condición, lamentablemente es en los conflictos armados cuando los derechos de la infancia son más ignorados. Una de las situaciones más penosas sin duda alguna es el reclutamiento de niños para que participen directa o indirectamente en las hostilidades.

“Los Estados Partes adoptarán todas las medidas posibles para asegurar la protección y el cuidado de las niñas y niños afectados por un conflicto armado”, reza el artículo 38 de la Convención de los Derechos del Niño, considerado como el instrumento legal más suscrito y ratificado del mundo. Esta Convención cuenta con un Protocolo Facultativo sobre lo relativo a la participación de niños en los conflictos armados, que entró en vigor hace sólo once años.

El primer artículo del referido Procolo dispone que los países harán lo posible para que ningún menor de 18 años pueda ser combatiente en escenarios bélicos. A modo muy excepcional, el Protocolo expresa la posibilidad de que un menor de edad sea reclutado en determinadas circunstancias, siempre y cuando ello se haga cumpliendo con ciertas medidas de salvaguardia tales como que el reclutamiento en cuestión sea voluntario y con el consentimiento de sus padres.

Se considera que el reclutamiento de niños soldados es un crimen de guerra y como tal ha sido objeto ya de jurisprudencia por parte de la Corte Penal Internacional en La Haya. Charles Taylor, expresidente de Liberia entre 1997 y 2003, fue sentenciado en abril del año pasado por dicha instancia. Uno de los once crímenes por los que fue condenado, fue precisamente el reclutamiento de menores de edad. La sentencia que recibió el otrora mandatario fue de medio siglo de cárcel.

 Efectos devastadores

Usualmente los niños que han participado en conflictos armados tienen un temor fundado de volver a sus hogares puesto que en muchos casos, han sido los victimarios en masacres o matanzas en sus propias comunidades. Existe una estigmatización, marginación y rechazo hacia ellos que les hace susceptibles de caer en manos de la delincuencia común o bandas organizadas. Debido a que fueron sacados del sistema educativo, sus destrezas o habilidades suelen ser lo único con lo que cuentan, al carecer de formación académica o profesional alguna, lo cual redunda en desempleo y pobreza.

Desde el punto de vista psicológico, los niños soldados a menudo presentan síntomas postraumáticos, de ansiedad, depresión, trastornos de conducta, sintomatología producto del abuso de substancias psicotrópicas o tóxicas, desregulación de los impulsos agresivos y de la conducta violenta, junto a fuertes sentimientos de pérdida e incluso de desarraigo. La reintegración social suele ser difícil o en algunos contextos, sencillamente imposible. El proceso de rehabilitación suele demorar muchos años e incluso toda la vida.

En lo que atañe particularmente a las niñas soldados, además de los evidentes trastornos ocasionados por las agresiones y violencia sexual experimentadas, las lesiones físicas pueden ser irreversibles. Ello sin tomar en cuenta por otro lado, la alta probabilidad que tienen de sufrir el contagio de algún tipo de enfermedad sexual incurable y por tanto, potencialmente mortal. Cuando vuelven a sus casas, son rechazadas -aún más que los niños- por sus comunidades y sus familias, especialmente si han sido violadas o regresan con hijos producto de las relaciones durante su reclutamiento.

¿Qué es un niño soldado?

De acuerdo con la definición universalmente aceptada, emanada de los Principios de Ciudad del Cabo de 1997, un niño soldado es “toda persona menor de 18 años que forme parte de cualquier fuerza o grupo armado, regular o irregular, con independencia de las labores que desempeñe”. El reclutamiento de niños para que se conviertan en combatientes o soldados, se suele hacer forzadamente, incluso mediante el secuestro y extracción de sus familias y comunidades de origen o residencia habitual.

En general, las partes involucradas en una guerra recurren a los niños soldados por varias razones: mayor disposición a obedecer órdenes, susceptibles de ser manipulados y además, se les considera idóneos para ciertas labores específicas como las de tipo “doméstico” en el campo de batalla o como porteadores de municiones, detectores de posiciones enemigas y hasta como señuelos, siendo en este último caso, las víctimas directas en caso de algún ataque.

(Fuente: nuevaprensa.com.ve)


Contexto

Liga al reporte Children and armed conflict
Report of the UN Secretary-General:

http://www.un.org/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/67/845


Leila Zerrougui

La Sra. Leila Zerrougui fue nombrada Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los niños y los conflictos armados con la categoría de Secretaria General Adjunta en septiembre de 2012. En esa capacidad actúa como voz de la conciencia y defensora independiente con el fin de concienciar sobre la relevancia de los derechos y la protección de los niños y niñas afectados por los conflictos armados.

Justo antes de su nombramiento, la Sra. Zerrougui era Representante Especial Adjunta del Secretario General y Jefa Adjunta de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo (MONUSCO), donde, desde 2008, lideró las iniciativas de la Misión dirigidas a reforzar el estado de derecho y la protección de los civiles.

La Sra. Zerrougui es experta jurídica en derechos humanos y en administración de la justicia y ha seguido una destacada trayectoria profesional dedicada al fortalecimiento del estado de derecho y la promoción de estrategias y acciones para la protección de grupos vulnerables, en particular las mujeres y los niños.

La Sra. Zerrougui, abogada de profesión, fue miembro desde 2001 del Grupo de Trabajo sobre la detención arbitraria establecido por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y desempeñó las funciones de Presidenta y Relatora del Grupo de Trabajo de 2003 a mayo de 2008. Anteriormente, había trabajado como experta en varios grupos de trabajo y comités de la Comisión de Derechos Humanos.

Antes de trabajar en el ámbito internacional, la Sra. Zerrougui ya contaba con una dilatada carrera profesional en el sistema judicial argelino y, en 2000, fue nombrada miembro del Tribunal Supremo de Argelia.  También fue juez del tribunal de menores y juez de primera instancia de 1980 a 1986 y juez del tribunal de apelaciones de 1986 a 1997. De 1998 a 2000, la Sra. Zerrougui trabajó como asesora jurídica en el gabinete del Ministro de Justicia y, de 2000 a 2008, como asesora jurídica en el gabinete del Presidente de la República. También ocupó varios puestos de alto nivel en el Gobierno argelino y fue miembro de la Comisión Nacional de Argelia para la Reforma del Sistema Judicial.

La Sra. Zerrougui se graduó en la Escuela Nacional de Administración de Argel en 1980. Desde 1993, ha ocupado varios puestos académicos en facultades de derecho de Argelia y fue profesora asociada en la Escuela Superior de la Magistratura de Argel. Es autora de numerosas publicaciones sobre la administración de la justicia y los derechos humanos.

La Sra. Zerrougui nació en 1956 en Souk-Ahras (Argelia).


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